El Garante fiscal
Procedimiento aplicable en Francia exclusivamente.
¿ Por qué nombrar a un garante fiscal ?
El sistema de autoliquidación entró en vigor en Francia en septiembre del 2006 para las operaciones de BtoB.
Dicho sistema de autoliquidación resulta a veces un poco fastidioso cuando se da el caso de que existe ya un IVA soportado previo a las ventas, motivo por lo cual la administración francesa ofrece, bajo ciertas condiciones, la posibilidad, por parte del vendedor, de emitir una factura con IVA francesa. Con dicho otorgamiento llamado “tolerancia administrativa” se evita el crédito continuo de IVA y tener que solicitar su devolución.
La obligación principal es nombrar a un garante fiscal que ha de ser acreditado ante la Administración.
El garante fiscal es responsable para con la administración de las empresas que representa.
Modificaciones desde el 1 de enero del 2010
Con el paquete IVA se ha modificado la posibilidad de apelar a la tolerancia administrativa. En realidad las prestaciones contenidas en el paquete IVA, bajo las normas de la DES, no pueden ser sujetas a una facturación con IVA.
Si necesitan ampliar cualquier información sobre el garante fiscal, no duden en contactar con el Grupo ASD :
Póngase en contacto con el Grupo ASD a través de nuestro formulario on-line :
 o Puede descargar la solicitud de información (formato PDF) :

|